1. Ser empresa de primera categoría de la ley de renta.
2. Tener contratado al menos 1 trabajador en forma permanente ( planilla anual mínima de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM ).
3. Tener el pago de las cotizaciones previsionales al día.
Si el monto de las remuneraciones pagadas en el año está entre 35 y 45 UTM ---> Rebaja hasta 7 UTM
Si el monto de las remuneraciones pagadas en el año está entre 45 y 900 UTM ---> Rebaja hasta 9 UTM
Si el monto de las remuneraciones pagadas es superior a 900 UTM ---> Rebaja hasta 1 % de las remuneraciones imponibles anuales